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De acuerdo con el marco de Basilea III, implementado en Europa a través de la Directiva 2013/36 y el Reglamento 575/2013 sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, presentamos este informe de divulgación del Pilar III con los requisitos de divulgación e información al mercado establecidos en la sección VIII de dicho Reglamento.
En este apartado se presenta la información requerida sobre el TLAC de acuerdo con los artículos 437 bis y 447 letra h) del Reglamento 575/2013 sobre requisitos prudenciales de las entidades de crédito y empresas de inversión.
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Banco Santander, S.A. («Santander»), una sociedad de cartera bancaria en el sentido de la Bank Holding Company Act («BHC Act»), ha solicitado la aprobación de la Junta, de conformidad con la sección 3 de la BHC Act (12 U.S.C. § 1842), para adquirir BCH-USA, Nueva York, Nueva York («Banco»), un banco subsidiario propiedad del Banco Central Hispanoamericano, S.A., Madrid, España («BCH»).1
El anuncio de la propuesta, que ofrece a las personas interesadas la oportunidad de presentar comentarios, ha sido publicado (64 Federal Register 9995 (1999)). El plazo para la presentación de comentarios ha expirado, y la Junta ha considerado la solicitud y todos los comentarios recibidos a la luz de los factores establecidos en la sección 3 de la Ley BHC.
Santander, con un total de activos consolidados de aproximadamente 181.000 millones de dólares, es la mayor organización bancaria de España.2 En los Estados Unidos, Santander opera una sucursal en Nueva York, Nueva York; y una agencia y una corporación Edge en Miami, Florida. Santander también controla el Banco Santander Puerto Rico, San Juan, Puerto Rico («Santander-PR»), un banco subsidiario que también mantiene una sucursal en Nueva York, Nueva York. Santander también tiene una participación indirecta en Citizens Financial Group, Inc., Providence, Rhode Island, una sociedad de cartera bancaria registrada.3 Además, Santander se dedica directamente y a través de filiales a una serie de actividades no bancarias permitidas en Estados Unidos.