Que es un laudo arbitral y que validez tiene

impugnación de la cláusula arbitral

En los últimos años, los tribunales de Qatar han sido criticados por la comunidad arbitral por haber emitido varias sentencias que anulan laudos arbitrales nacionales y extranjeros por motivos de orden público. En particular, estos fallos sostenían que, al igual que las sentencias judiciales, los laudos arbitrales nacionales e incluso los extranjeros debían ser dictados en nombre de la autoridad suprema del Estado, es decir, de Su Alteza el Emir de Qatar, en cuyo defecto los laudos podían ser impugnados ante los tribunales qataríes por violar el orden público.

Los tribunales qataríes justificaron su posición en las disposiciones, ahora derogadas, de la Ley de Procedimientos Civiles y Comerciales (Ley nº 13 de 1990) («CCPL de Qatar») 1)En concreto, los artículos 198, 204 y 207 de la CCPL de Qatar, que anteriormente regían los arbitrajes con sede en Qatar antes de la promulgación de la Ley nº 2 de 2017 que promulga el Arbitraje Civil y Comercial («Ley de Arbitraje de Qatar»). Además, los tribunales qataríes también se basaron en otras disposiciones generales de la CCPL de Qatar, como el artículo 69, que estipula que todas las sentencias se emitirán y ejecutarán en nombre del Emir, sin distinguir entre las sentencias judiciales emitidas por los jueces del Estado y los laudos arbitrales dictados por los tribunales arbitrales. Estas disposiciones se ven subrayadas por el artículo 63 de la Constitución de Qatar, que establece que «la autoridad judicial recaerá en los tribunales en la forma prescrita en esta Constitución y las sentencias se dictarán en nombre del Emir».

requisitos para un acuerdo de arbitraje válido

Un laudo arbitral (o sentencia arbitral) es una determinación sobre el fondo por parte de un tribunal arbitral en un arbitraje, y es análogo a una sentencia en un tribunal de justicia. Se denomina «laudo» incluso cuando todas las reclamaciones del demandante fracasan (y, por tanto, no es necesario que ninguna de las partes pague dinero), o el laudo es de naturaleza no monetaria.

El arbitraje es especialmente popular como medio de resolución de conflictos en el ámbito comercial (para un resumen de los distintos ámbitos en los que se suele elegir el arbitraje, véase el artículo específico sobre «arbitraje»). Una de las razones es que, en el comercio internacional, suele ser más fácil ejecutar un laudo arbitral en un país extranjero que una sentencia judicial.

En virtud de la Convención de Nueva York de 1958, un laudo emitido en un Estado contratante puede, por lo general, ejecutarse libremente en cualquier otro Estado contratante, sólo con sujeción a ciertas excepciones limitadas. Estas defensas son:

Prácticamente todos los países comerciales importantes del mundo son parte de la Convención, pero son relativamente pocos los países que cuentan con una red completa para la ejecución transfronteriza de las sentencias judiciales[1], por lo que en muchos países, especialmente en los mercados emergentes, es mucho más fácil ejecutar un laudo arbitral extranjero que un laudo judicial. Por ejemplo, es muy difícil ejecutar las sentencias extranjeras en los antiguos países de la CEI, pero es considerablemente más fácil ejecutar los laudos de un tribunal de arbitraje.

validez formal y sustantiva del acuerdo arbitral

Para que un laudo arbitral sea ejecutable, hay una serie de requisitos obligatorios y no obligatorios que deben cumplirse, para la correcta ejecución o anulación del laudo arbitral. Uno de esos requisitos es el sellado y registro de los laudos arbitrales nacionales. La insuficiencia o cualquier inadecuación en el sellado de los documentos tiene ciertas consecuencias sobre su validez y ejecutabilidad. Algunas de las principales legislaciones y disposiciones que rigen estas cuestiones son, la Sección 34 y la Sección 36 (anulación del laudo arbitral y ejecución del laudo arbitral, respectivamente) de la Ley de Arbitraje y Conciliación de 19961, la Sección 17 y la Sección 3 de la Ley de Sellos de la India de 18992.

Después de la finalización del proceso de arbitraje, la finalidad de los méritos se da mediante el pronunciamiento de un laudo arbitral. Como consecuencia de la aprobación del laudo, hay dos resultados posibles, a saber, la anulación del laudo arbitral y la ejecución de dicho laudo por medio de los artículos 34 y 36 de la Ley de Arbitraje y Conciliación de 1996 (en lo sucesivo, la Ley), respectivamente. A continuación se exponen algunos casos de jurisprudencia sobre laudos arbitrales no sellados o inadecuadamente sellados, su validez y su situación con respecto a los artículos 34 y 36 de la Ley.

nulidad del convenio arbitral

Un laudo arbitral (o sentencia arbitral) es una determinación sobre el fondo por parte de un tribunal arbitral en un arbitraje, y es análogo a una sentencia en un tribunal de justicia. Se denomina «laudo» incluso cuando todas las reclamaciones del demandante fracasan (y, por tanto, no es necesario que ninguna de las partes pague dinero), o el laudo es de naturaleza no monetaria.

El arbitraje es especialmente popular como medio de resolución de conflictos en el ámbito comercial (para un resumen de los distintos ámbitos en los que se suele elegir el arbitraje, véase el artículo específico sobre «arbitraje»). Una de las razones es que, en el comercio internacional, suele ser más fácil ejecutar un laudo arbitral en un país extranjero que una sentencia judicial.

En virtud de la Convención de Nueva York de 1958, un laudo emitido en un Estado contratante puede, por lo general, ser ejecutado libremente en cualquier otro Estado contratante, sólo a reserva de ciertas excepciones limitadas. Estas defensas son:

Prácticamente todos los países comerciales importantes del mundo son parte de la Convención, pero son relativamente pocos los países que cuentan con una red completa para la ejecución transfronteriza de las sentencias judiciales[1], por lo que en muchos países, especialmente en los mercados emergentes, es mucho más fácil ejecutar un laudo arbitral extranjero que un laudo judicial. Por ejemplo, es muy difícil ejecutar las sentencias extranjeras en los antiguos países de la CEI, pero es considerablemente más fácil ejecutar los laudos de un tribunal de arbitraje.

Leer más  Que es el iban de una tarjeta

Por Pablo Mariscal

Soy Pablo Mariscal periodista especializado en tecnología e informática. Entre mis intereses se encuentran la realidad virtual y la programación, pero mi principal objetivo son las noticias. Llevo cinco años escribiendo sobre tecnología y tres como periodista independiente.