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Licencia para drones españa
Los drones mandan en francia
Los drones son un medio cada vez más popular para controlar y capturar paisajes con fines fotográficos y de vigilancia en toda Andalucía: paisajes espectaculares como playas, paisajes urbanos, montañas y campos ondulados filmados desde 100 metros de altura crean impresionantes imágenes visuales a vista de pájaro.
Estas aeronaves teledirigidas también se utilizan con fines más prácticos, como la comprobación y la supervisión con fines de ingeniería o agrícolas. Además, muchos aficionados simplemente disfrutan volando con ellos como pasatiempo. Pero, como ocurre con cualquier aeronave, su uso está regulado en Andalucía por motivos de seguridad.
La normativa sobre el vuelo de drones en España está fundamentalmente cubierta por la AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) – AESA – Drones es la sección de su web en español que cubre los Drones.
La palabra oficial utilizada en España para un Drone o aeromodelo es ahora el acrónimo inglés UAS (Unmanned Aircraft system) documentos más antiguos se refieren a RPAS (remotely-piloted aircraft system, o en español sistema aéreo tripulado de forma remota).
Conversión de drones no conformes
La agencia española responsable de la seguridad de los drones, AESA, ha facilitado varios detalles accesibles en Internet sobre el vuelo de drones por diversión o por trabajo. Los más destacados se enumeran a continuación. Para más detalles, diríjase a los enlaces anteriores.
Dado el bajo nivel de riesgo, no se requiere una autorización previa de la autoridad competente ni una declaración del operador del dron. La masa total de despegue del dron debe ser inferior a 25 kg, y debe ser operado dentro de una línea visual a una altitud máxima de 120 m.
Teniendo en cuenta el moderado nivel de riesgo que conlleva, los vuelos de esta categoría requieren una autorización previa a la operación. La autorización se concede teniendo en cuenta las medidas de mitigación identificadas en una evaluación de riesgos operativos, excepto en determinados escenarios estándar en los que basta con una declaración del operador.
* Un UAS es un juguete cuando el fabricante lo destina a niños menores de 14 años y cumple los criterios mínimos de seguridad requeridos para ser denominado así. El cumplimiento de estas normas limita naturalmente las capacidades del UAS (tamaño, peso, piezas de recambio no peligrosas, ausencia de motor potente, etc.): véase la Directiva 2009/48 / CE, de 18 de junio de 2009, sobre la seguridad de los juguetes
Drone mallorca
Parece que eres un piloto. Eso es genial. Sobre todo si te gusta viajar y fotografiar la soleada España. Pero antes de que cojas tu dron y vayas a hacer un vuelo, por favor lee las Leyes de Drones en España.
– Mantén siempre el contacto visual. – Asegúrate siempre del perfecto estado del equipo. – Nunca vueles sobre personas, zonas privadas, instalaciones estatales, cerca de aeropuertos y todo tipo de objetos. – Mantenga siempre la distancia necesaria para la privacidad de las personas. – Concéntrese y asegúrese de que no hay factores de distracción cerca de usted.
– Mantenga el contacto visual todo el tiempo. – Cuando se realiza un vuelo FPV – el segundo piloto debe ser controlador visual y observador y si aparece la necesidad – para alcanzar e informar al piloto. – Cada autoridad regional tiene derecho a establecer sus propias reglas. Así que será muy bueno para usted hacer una investigación profunda antes de realizar un vuelo. – Cualquier vuelo comercial debe tener permiso. – El tiempo de vuelo – sólo diario. – Para los pilotos comerciales – Se requiere un seguro de responsabilidad civil. – Para los drones con un peso inferior a 2kg – pueden volar durante la noche pero si la altitud al suelo para no superar los 50 metros. – La distancia a los Aeropuertos debe ser de al menos 8 km (5 millas) – en espacios no controlados. O 15 mn (9,3 millas) en vuelo aprobado tipo BVLOS. – El espacio entre las personas que no participan en el vuelo debe ser de al menos 50 metros. – La distancia de los edificios en mínimo 150m. – Para los vuelos sobre los Parques Nacionales – es necesario tener el permiso de la AESA. – Para los vuelos en zonas de exclusión aérea – debe tener la aprobación del Ministerio de Defensa español. Suele tardar una semana.
Normas sobre drones de la ue
Para las operaciones con drones con un MTOW inferior a 25 kg, fuera del espacio aéreo controlado, de las aglomeraciones y de las zonas urbanas, con condiciones meteorológicas visuales (VMC) y con alcance de la línea visual (VLOS), sólo es necesario presentar una comunicación previa a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) de España cinco días hábiles antes de iniciar las operaciones. Dicha comunicación contendrá determinados documentos técnicos de la aeronave, información sobre los pilotos, certificados de seguro y alguna otra información como una prueba de seguridad aeronáutica. Una vez recibida la comunicación, la licencia es válida sin restricciones temporales de ningún tipo, pero es necesario presentar nuevas comunicaciones si se produce alguna modificación en los documentos o datos inicialmente facilitados a las autoridades.
Si el dron supera los 25 kg de MTOW, la operación requerirá una autorización administrativa que deberá ser emitida por AESA. Además, es necesario obtener un certificado de aeronavegabilidad del sistema de aeronaves pilotadas por control remoto (RPA) y las autoridades también exigirán el registro del dron.